Cómo pagar el Impuesto a las Ganancias en Argentina

En Argentina, actualmente el periodo fiscal determinado para el pago de los impuestos es anual. Por lo tanto, es muy importante que todos sus residentes se mantengan al tanto de todos los tributos a cancelar como contribuyentes para no incurrir en ningún tipo de delito. En este sentido, si resides en Argentina, a continuación, conocerás cómo pagar el Impuesto a las Ganancias de forma rápida y práctica.

Generalidades del Impuesto a las Ganancias en Argentina

Antes de conocer cómo pagar el Impuesto a las Ganancias en Argentina es necesario conocer su definición y ciertas consideraciones fundamentales con dicho impuesto. En este sentido, las Ganancias o el Impuesto a las Ganancias es un impuesto que se aplica a la totalidad de las ganancias adquiridas en un año fiscal.

Ahora bien, en relación con los basamentos legales en Argentina, se considera Ganancias a los siguientes elementos:

  • Montos generados por ventas de certificados de depósito de acciones, cuotas, monedas digitales, títulos, participaciones sociales, acciones, valores representativos, bonos y demás valores.
  • Cualquier tipo de enriquecimientos, rendimientos o las rentas obtenidos por una fuente permanente.
  • Montos generados por ventas de bienes muebles e inmuebles. Además de los montos generados por transferencias de derechos sobre inmuebles.
  • Cualquiera de los enriquecimientos, rendimientos o las rentas obtenidas por sociedades comerciales y empresas unipersonales en cualquier parte del territorio Argentino.

Categorías del Impuesto a las Ganancias en Argentina

El Impuesto a las Ganancias o Ganancias en Argentina se componen por diferentes categorías, las cuales, afectarán directamente el monto a pagar por dicho impuesto. En este sentido, es necesario conocer dichas clasificaciones, las cuales, se te presentarán a continuación:

Ganancias de primera categoría

  • Corresponde a las ganancias obtenidas por el derecho real de disfrute o goce de los inmuebles rurales y urbanos.

Ganancias de segunda categoría

  • Son las ganancias de los ingresos obtenidos por diversos factores. Como por ejemplo: Dividendos, acciones, intereses, entre otras.

Ganancias de tercera categoría

  • Corresponde a las ganancias relacionadas con las empresas unipersonales y sociedades.

Ganancias de cuarta categoría

  • Corresponde a las ganancias obtenidas por el trabajo personal conocidos como empleos independientes, tales como:
  • Desempeño de variados cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Labores de empleados en relación de dependencia.
  • El desempeño de profesiones liberales.

  • Labor de los jueces, funcionarios o empleados dentro del Poder Judicial de la Nación. También abarca los de las provincias nombrados a partir del 2017 hasta la actualidad.
  • Ejecución de las actividades de despachante de aduana, corredor y viajante de comercio.
  • Todas las retribuciones monetarias y los viáticos que se abonan como adelanto o reintegro de gastos por comisiones de servicio realizadas fuera de la sede donde se prestan las tareas.
  • Los montos pagados por desvincular empleos de personas que ocupan cargos directivos y ejecutivos de empresas privadas y públicas que sean mayores a los montos mínimos indemnizados previstos en la norma laboral vigente.
  • Montos adicionales otorgados a los docentes por concepto de los materiales didácticos que superen el 40 % de la ganancia no imponible.
  • Montos adicionales asignados a los socios administradores de las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita simple y en comandita por acciones.
  • Los pensionados, jubilados y retirados.
  • Servicios ofrecidos por los socios de las sociedades cooperativas.

En este mismo orden de ideas es necesario que tengas conocimiento de que para efectuar el pago de Ganancias en Argentina será necesario presentar una “Declaración Jurada” de acuerdo a la categoría específica del tributante.

Personas obligadas a presentar la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias en Argentina

Las personas destinadas a presentar la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias en Argentina están clasificadas según el tipo de Declaración que deban presentar.

En este sentido, es importante mencionar que existen dos tipos de “Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias”, en las cuales, están contenidas las personas tributantes (según ciertos parámetros específicos) como verás a continuación:

Declaración jurada informativa

Abarca aquellas personas que obtengan ingresos brutos anuales igual o superior a $ 2.000.000 (pesos argentinos) al año por diversas actividades que se deberán informar a la “Administración Federal de Ingresos Públicos” (AFIP). Estas actividades son las siguientes:

  • Cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Además, también se incluyen los cargos electivos de los “Poderes Legislativos y Ejecutivos”.
  • Deducciones admitidas, total de ingresos, gastos, y retenciones sufridas.
  • Cargos exentos, no computables o no alcanzables en el “Impuesto a las Ganancias”.
  • Jubilación.

  • Las actividades alcanzadas por el Impuesto Cedular.
  • Monotributo.
  • Pensión.
  • Retiros monetarios o subsidios cuyo origen del trabajo sea personal. Esto será en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto.
  • Trabajo en relación de dependencia.
  • Trabajo personal relacionados con los socios de las cooperativas de trabajo.

Declaración jurada determinativa

Contempla aquellas personas que se encuentren registrados en el gravamen. Aún cuando no se haya determinado la materia obligatoria sujeta a impuesto por el período fiscal y para quienes les corresponda la liquidación del impuesto por contemplar los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen. Además, dicha obligación jurídica regirá también para los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas.

Modificaciones relacionadas con el Impuesto a las ganancias para el 2021 en Argentina

A continuación, conocerás las más recientes modificaciones que deberás tener en cuenta con respecto al pago de los impuestos a las ganancias en 2021 en Argentina. Entonces:

  • Se rechaza del cálculo del impuesto el pago del sueldo anual complementario. Esta acción tendrá efecto para los sujetos cuyas ganancias mensuales no superen la suma de $ 150.000 (pesos argentinos).
  • Se aumenta el mínimo del tributo correspondiente al pago de Ganancias para pensionados, retirados y jubilados de 6 a 8 haberes mínimos garantizados. Este beneficio tendrá efecto para pensionados, retirados y jubilados siempre y cuando el contribuyente no tenga otros ingresos distintos a los del haber de pasividad. De igual forma, tampoco se adjudicará esa deducción para aquellas personas que se encuentren obligadas a tributar el “Impuesto sobre Bienes Personales” ante el AFIP.

  • Se aumentará el monto a descontar por cada hijo o hija que presente algún tipo de discapacidad.
  • Se amplía la deducción prevista por los integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común.

Conceptos deducibles del Impuesto a las Ganancias para el 2021 en Argentina

Con respecto al período tributario del 2021 y a las debidas actualizaciones de valores de acuerdo al artículo 30 de la Ley del Impuesto a la Ganancias, los conceptos y montos vigentes son los siguientes:

  • Ganancias no imponibles: Importe de la deducción $ 167.678,40 (pesos argentinos).
  • Cargas familiares: Importe de la deducción por cónyuge $ 156.320,63 (pesos argentinos).
  • Deducción Especial Tipo 1: Importe de la deducción $ 335.356,79 (pesos argentinos).
  • Cargas familiares: Importe de la deducción por hijo $ 78.833,08 (pesos argentinos).
  • Deducción Especial Tipo 2: Importe de la deducción $ 419.196,02 (pesos argentinos) para nuevos profesionales y emprendedores.
  • Deducción Especial Tipo 3: Importe de la deducción $ 804.856,34 (pesos argentinos).

Procedimiento para pagar la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias en Argentina

A continuación, conocerás de forma general el procedimiento necesario para pagar la Declaración Jurada del Impuesto a las ganancias en Argentina

  • Primero que nada desde un dispositivo web actual deberás ingresar a la página web oficial del AFIP. Específicamente a la “Sección de servicios Web”, lo cual, podrás realizar a través del siguiente link.

  • Aquí deberás dar de alta tu CUIT para poder obtener tu Declaración Jurada en caso de no tenerla. Para ello, deberás seleccionar el ítem de “Iniciar Inscripción Digital”.
  • Luego deberás proceder a cargar los datos necesarios por el sistema automatizado del AFIP mediante el servicio de “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado”. Este procedimiento permitirá la unión de la creación y presentación de las “Declaraciones Juradas con carácter informativo y/o determinativo”. Sin embargo, recuerda que tanto el aplicativo como el servicio anterior continúan en vigencia para los períodos fiscales anteriores.
  • En este punto el sistema automáticamente calculará un posible saldo a favor o un saldo en contra de tu Declaración Jurada.
  • Posteriormente, si al generar la Declaración Jurada surge un importe en contra (es decir, a pagar) podrás abonarlo a través de alguna de las siguientes opciones:

Pago con Volante Electrónico de Pagos (VEP)

  • Ingresa a la página web de AFIP a través del siguiente link y realiza clic en la sección de “Presentaciones Digitales”. Posteriormente, sigue los sencillos pasos que el sistema automáticamente te indicará.

  • Luego, dirígete a tu cuenta bancaria con clave utilizando algunos de las siguientes plataformas:
    • Pago Mis Cuentas.
    • Interbanking.
    • Link Pagos.
    • Plataforma otros bancos afiliados y/o habilitados. Para ello deberás elegir siempre la opción de “Servicios AFIP”.

Pago mediante el uso de la Wallet Electrónica de AFIP

  • Esta opción conforma un plan de facilidades de pago. Por lo tanto, deberás conocer cuál es el más conveniente para ti en la sección de “Mis Facilidades”.

  • Luego en este punto podrás incluir el saldo del impuesto resultante de tu Declaración Jurada junto con los intereses y multas aún cuando no hayas presentado la declaración jurada determinativa del impuesto a los “Bienes personales y Ganancias”.
  • En el caso que surga un importe a favor en la Declaración Jurada creada (es decir, para solicitar una devolución) cuando presentes la declaración determinativa del impuesto, será posible solicitar una devolución del dinero mediante el reglamento de “Devoluciones y/o Transferencias” (En su versión 4.0).
  • Finalmente, el archivo generado y pagado deberá ser presentado por medio del servicio AFIP con clave fiscal. Dicho servicio se denomina “Presentación de DDJJ y Pagos”.

¡Agiliza tus procesos! No esperes más, si resides en Argentina y requieres pagar el Impuesto a las Ganancias ya dispones de toda la información necesaria para realizarlo, lo cual, te facilitará y simplificará todo el proceso que esto implica. Asimismo, ten en cuenta que, también podrás ingresar al siguiente link donde apreciaras información actual y variada de tu posible interés.

Deja un comentario